Detalles del programa que beneficia a cónyuges indocumentos anunciado por el presidente Biden
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) establecerá un nuevo proceso para considerar, caso por caso, las solicitudes de permiso de permanencia temporal para ciertos cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses que han vivido en Estados Unidos durante 10 años o más; no representan una amenaza para la seguridad pública o la seguridad nacional; son elegibles para solicitar el ajuste de estatus; y ameritan un ejercicio favorable de la discreción.
Si se les concede el permiso de permanencia temporal, estos no ciudadanos podrán solicitar la residencia permanente legal sin tener que salir de Estados Unidos.
DHS estima que aproximadamente 500,000 cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses podrían ser elegibles para tener acceso a este proceso; en promedio, estos no ciudadanos han residido en Estados Unidos durante 23 años.
Aproximadamente 50,000 hijos de estos cónyuges también serán elegibles bajo este proceso. Los no ciudadanos que representan una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública no serán elegibles para este proceso, según lo establecido en nuestras prioridades de aplicación de la ley de inmigración. Si un no ciudadano representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública, DHS lo detendrá, lo removerá o lo referirá a otras agencias federales para una mayor verificación, investigación o enjuiciamiento, según corresponda.
Las acciones de hoy se basan en medidas sin precedentes de la Administración Biden-Harris para fortalecer la unidad familiar, incluida la implementación de procesos de permisos de reunificación familiar para ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras y Ecuador; actualizar y modernizar los procesos de permisos para la reunificación familiar cubana y haitiana; dirigir el Grupo de Trabajo para la Reunificación Familiar para reunir a casi 800 niños que habían sido separados con sus familias; y el establecimiento de procesos de permisos de permanencia temporal específicos para cada país para ciertos ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV, por sus siglas en inglés) que tienen un partidario en EE. UU.
Elegibilidad y proceso
Para ser considerado, caso por caso, para una concesión discrecional de permiso de permanencia temporal bajo este proceso, una persona debe:
Estar presente en Estados Unidos sin admisión ni permiso de permanencia temporal;
Haber estado presente continuamente en Estados Unidos durante al menos 10 años a partir del 17 de junio de 2024; y
Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024.
Además, las personas no deben tener antecedentes penales que lo descualifiquen o de otra manera constituir una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública; y de otra manera deben merecer un ejercicio favorable de la discreción.
Los antecedentes penales que descualifican incluyen condenas penales que hacen que el individuo sea legalmente inelegible para el ajuste de estatus, así como condenas que no hacen que los no ciudadanos sean legalmente inelegibles para el ajuste de estatus, pero que, sin embargo, justifican su descualificación de este proceso en el ejercicio de la discreción.
Los hijos no ciudadanos de posibles solicitantes también pueden ser considerados para el permiso de permanencia temporal bajo este proceso si están físicamente presentes en Estados Unidos sin admisión o permiso de permanencia temporal y tienen una relación de hijastro cualificada con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024.
Para ser considerado para el permiso de permanencia temporal, una persona deberá presentar un formulario ante USCIS junto con documentación de respaldo para demostrar que cumple con los requisitos y pagar una tarifa. Próximamente se publicará más información sobre la elegibilidad y el proceso de solicitud, incluida una notificación, en el Registro Federal. USCIS rechazará cualquier presentación o solicitud individual recibida antes de la fecha en que comience el período de solicitud, a finales de este verano.
Al recibir una solicitud de permiso de permanencia temporal debidamente presentada, USCIS determinará caso por caso si se justifica la concesión de un permiso de permanencia temporal y si el solicitante merece un ejercicio favorable de discreción. Todas las solicitudes tomarán en consideración el historial de inmigración previo del solicitante potencial, los antecedentes penales, los resultados de las verificaciones de antecedentes y la investigación de seguridad nacional y seguridad pública, y cualquier otra información relevante disponible o solicitada por USCIS. USCIS cuenta con procesos sólidos para identificar y abordar posibles fraudes, que se aplicarán aquí para garantizar la integridad de este programa.
Otras acciones
DHS se unirá al Departamento de Estado en un esfuerzo por facilitar de manera más eficiente ciertas visas de no inmigrante basadas en el empleo para personas elegibles, incluidos los beneficiarios de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) y los no ciudadanos indocumentados, que se han graduado de una institución acreditada de educación superior de EE. UU. Al clarificar y mejorar el proceso existente, la política del Departamento de Estado dará a los empleadores estadounidenses la certeza de que pueden contratar el talento que necesitan y que podrán empezar trabajar rápidamente. DHS implementará la actualización de la política del Departamento de Estado.