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¿Cuáles son mis derechos como trabajador inmigrante?

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En la actualidad los inmigrantes que residen en EEUU se encuentran protegidos contra la discriminación laboral por medio de leyes aplicadas por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). 

La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo es una agencia federal responsable de hacer cumplir las leyes que prohíben la discriminación y el acoso laboral por motivos de raza, color, sexo, religión, origen nacional, edad (40 años o más) y discapacidad física o mental.

  • Si estás siendo discriminado en tu empleo, es fundamental que asistas a la EEOC, pues la ley tiene límites de tiempo estrictos para presentar un cargo de discriminación, y en algunos casos puede que la EEOC no tenga jurisdicción a menos que el cargo se presente dentro de los 180 días posteriores a la ocurrencia de la discriminación. 

  • Cuando se presenta un cargo de discriminación, la EEOC realiza una investigación imparcial para determinar si se violaron las leyes. Puedes comunicarte al  1-800-669-4000 para contactar la oficina local de EEOC más cercana a ti.

La ley protege a las personas contra la discriminación laboral en función de su origen nacional. A continuación algunas ejemplos de discriminación por origen nacional:

  • Discriminación por el lugar de nacimiento de una persona o de su antepasado (puede incluir discriminación por el aspecto, las costumbres o el idioma de una persona. No es necesario que una persona demuestre que sus antepasados son de un país o región en particular para probar la discriminación de origen nacional)

  • Discriminación basada en la asociación con personas de un grupo de origen nacional diferente (La ley prohíbe la discriminación porque una persona se asocia con personas de un grupo de origen nacional, por ejemplo: si a una persona se le niega un ascenso o una discriminación contra ella porque está casada con un hombre hispano. Esto es básicamente una violación de la ley que debe ser denunciado)

  • Algunas prácticas de empleo, como los requisitos de ciudadanía, los requisitos de altura mínima y las políticas contra la contratación de personas con registros de arresto y condena, pueden excluir a las personas de un origen nacional en particular, por ejemplo un requisito de altura mínima para ciertos trabajos, como los oficiales de policía de los bomberos, puede descartar desproporcionadamente a personas de ciertos orígenes nacionales.

  • Acoso basado en el origen nacional. Los insultos étnicos y otras conductas verbales o físicas basadas en la nacionalidad son ilegales si son severos o generalizados y crean un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo, interfieren con el desempeño laboral o afectan negativamente las oportunidades laborales del sujeto.

  • Discriminación por acento. Un empleador sólo puede basar una decisión de empleo en el acento siempre y cuando se requiere una comunicación oral efectiva en inglés para realizar tareas laborales y el acento extranjero del individuo interfiere con su capacidad de comunicarse oralmente en inglés. Si la persona tiene acento pero puede comunicarse efectivamente y ser entendida en inglés, no puede ser discriminada.

  • Hablar únicamente inglés como regla general y obligatoria en todo momento. La EEOC ha declarado que las reglas que requieren que los empleados hablen solo inglés en el lugar de trabajo violan la ley a menos que el empleador pueda demostrar que están justificadas por la necesidad comercial. Rara vez se justificará una regla que requiera que los empleados hablen solo inglés en el lugar de trabajo en todo momento, incluidos los descansos y la hora del almuerzo.

  • Discriminación por la apariencia, el aspecto étnico. Si el potencial empleado puede demostrar que el empleador consideró que su apariencia era inapropiada debido a sus rasgos étnicos, puede establecer una violación de la ley. Del mismo modo, si este empleador se niega a permitir que un empleado de una etnia determinada use una vestimenta típica de su cultura, pero no impone restricciones de vestimenta a ningún otro empleado, esto también puede violar la ley.

Puede resultar un poco extenso, pero tómate el tiempo de informarte pues corresponden a tus derechos como empleado. No permitas que tu cultura, y tus costumbres sean centro de discriminación y de excusas para evitar que puedas adquirir un empleo y crecer profesionalmente.

El origen no tiene nada que ver con la tarea que debes realizar. Nunca debe ser un impedimento.



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